viernes. 22.11.2024

El período hábil general para ejercer la actividad cinegética en Galicia comenzará el próximo 20 de octubre y se extenderá hasta el 6 de enero del próximo año, durante lo que se podrá cazar los jueves, domingos y festivos, tanto de carácter estatal como autonómico, con algunas excepciones.

Así se recoge en la resolución de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia por la que se determinan las épocas de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la próxima temporada 2024-2025.

Para las distintas especies de caza menor, en el caso de la arcea y agacha, el período general irá también de 20 de octubre a 6 de enero del año que viene "aunque podrá ampliarse hasta el 9 de febrero en terrenos de régimen cinegético especial (RCE) que lo soliciten" los jueves, domingos y festivos. Para la liebre, la temporada se extenderá de 20 de octubre a 24 de noviembre de 2025, los jueves, domingos y festivos en terrenos de RCE.

En lo que respeta a la codorniz y al pombo torcaz, la temporada coincidirá con el período hábil general, la excepción de la media veda en los tecores de la Antigua Laguna de los Antela, que discurrirá entre lo 24 de agosto y el 15 de septiembre, los sábados y domingos.

El período general en la modalidad de batida para la caza del zorro abarcará del próximo 1 de septiembre hasta el 19 de octubre y de 7 de enero de 2025 hasta el 9 de febrero, los jueves, sábados, domingos y festivos.

Además, en el caso de las aves, se establece la veda de charrela, avefría, tórtola turca y común, pato cullerete, gaviota oscura, gaviota la argente, paloma brava, paloma zura y grajo cereixeira; mientras que otras aves de caza menor se regirán por el período hábil general.

CAZA MAYOR: CORZO Y JABALÍ

En lo relativo a las especies de caza mayor, los machos adultos de corzo podrán capturarse en terrenos en régimen cinegético común entre lo 19 de agosto y el 14 de octubre, los sábados en batida/montaría, y todos los días de la semana en la modalidad de acecho.

En terrenos en régimen cinegético especial, el período general abarcará de 17 de agosto hasta el 19 de octubre "todos los días de la semana en la modalidad de acecho y los sábados, domingos y festivos en la de batida/montaría", pudiendo cazarse también en acecho desde lo 1 de abril hasta el 31 de julio del próximo año.

Las hembras adultas de corzo permanecen vedadas con carácter general, permitiéndose su caza puntual por daños y también en los tecores se está técnicamente justificada de acuerdo con la situación real de la población en cada tecor, pudiendo escogerse entre dos períodos: de 7 de septiembre de 2024 a 19 de octubre o de 7 de enero a 15 de febrero de 2025.

Por lo que respeta al jabalí, en el régimen cinegético común el período general de caza abarcará del 17 a 31 de agosto de este año y de 7 de enero a 23 de febrero de 2025, los jueves, sábados, domingos y festivos; y de 1 de septiembre de este año a 5 de enero del próximo los sábados, en las modalidad de batida, montaría y espera. Asimismo, en el régimen cinegético especial a temporada irá de 17 de agosto a 23 de febrero de 2025, los jueves, sábados, domingos y festivos en las modalidades de batida, montaría y espera.

Para el ciervo, el gamo y el muflón, en régimen cinegético especial, el período general abarcará de 15 de septiembre a 19 de octubre de este año en la modalidad de acecho todos los días de la semana, pudiendo cazarse en batida/montaría jueves, sábados, domingos y festivos en el período comprendido entre el próximo 20 de octubre y el 5 de enero.

En el caso de la cabra montesa, el período hábil se establece en dos tramos en función de que la caza se ejerza sobre machos selectivos y hembras adultas en descaste o sobre machos trofeo, autorizándose en ambos casos a modalidad de acecho.

Con respeto al entrenamiento de perros y aves de cetrería, en terrenos de régimen cinegético común se autoriza, sin petición previa, desde lo 1 de septiembre de 2024 y hasta el 6 de enero del año que viene los jueves, domingos y festivos de carácter estatal o autonómico. En zonas de régimen cinegético especial, excepto en la superficie vedada de los tecores, se autoriza el entrenamiento de estos animales, también sin solicitud, entre lo 1 de septiembre y el 19 de octubre de este año los jueves, sábados, domingos y festivos, y desde lo 20 de octubre hasta el 6 de enero de 2025 los jueves, domingos y festivos.

Además, hace falta recordar que, en aras de la simplificación administrativa, la Xunta está procediendo a renovar de manera automática de cara a la próxima temporada las licencias de cazadores mayores de 65 años o que estén a punto de cumplirlos, un colectivo para lo cual estos permisos ya son gratuitos.

La próxima temporada de caza se extenderá de 20 de octubre de este año a 6 de enero de...
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