viernes. 27.12.2024

Lei reguladora dos xogos de Galicia

Con el objetivo de dar respuesta a los cambios en materia de juego en los últimos años, la Xunta ha realizado varias modificaciones de la ley vigente pero la nueva norma ofrecerá un nuevo marco jurídico situando a Galicia en la vanguardia de la legislación española en este ámbito. La actividad del juego tiene unas características intrínsecas que hacen necesaria una intervención por parte de la Administración para ofrecer seguridad, garantizar la protección de los menores de edad y de las personas que lo precisen por motivos de salud y velar por la orden pública. 

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, puso en valor que, tras una “larga andadura”, el Consello da Xunta aprobara hoy el proyecto de la Lei reguladora de xogos de Galicia que, según subrayó, “busca garantizar la práctica responsable y cuidar de las más personas más vulnerables”.

Rueda explicó que la normativa tenía “mucho tiempo, más de 30 años y, por tanto, precisaba una adaptación a los tiempos actuales”. “Cambió la vida en general y los hábitos se juego”, argumentó para respaldar la puesta en marcha de esta noticia normativa, que iniciará ahora el trámite parlamentario para su aprobación con el objetivo de que entre en vigor, según avanzó, el próximo año.

La Xunta, consciente de la preocupación social que se genera alrededor del juego, puso en marcha el nuevo texto legislativo con la premisa de adaptar la norma vigente desde 1985 a los tiempos actuales y a los nuevos modelos de juego regulando también un juego responsable.

El presidente del Ejecutivo gallego remarcó el hecho de que el texto comenzará la tramitación parlamentaria después de un proceso de elaboración fruto “de un proceso largo de diálogo “del Gobierno gallego con todos los colectivos implicados. Por eso, se creó un grupo de trabajo de juego responsable en que participaron todos los sectores de juego; la Administración autonómica en las áreas de sanidad, educación, política social y emergencias; la universidad y asociaciones de lucha contra la ludopatía. Además, se atendieron las recomendaciones de profesionales conocedores de las adicciones.

Con el objetivo de dar respuesta a los cambios en materia de juego en los últimos años, la Xunta ha realizado varias modificaciones de la ley vigente pero la nueva norma ofrecerá un nuevo marco jurídico situando a Galicia en la vanguardia de la legislación española en este ámbito. La actividad del juego tiene unas características intrínsecas que hacen necesaria una intervención por parte de la Administración para ofrecer seguridad, garantizar la protección de los menores de edad y de las personas que lo precisen por motivos de salud y velar por la orden pública. En esta línea, se creará el Observatorio Gallego de Juego como órgano colegiado encargado del estudio, evaluación y seguimiento de las políticas de juego.

LIMITACIONES

Tras la intervención de Rueda, el vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, Diego Calvo, fue el encargado de desgranar al por menor el texto aprobado hoy, del que destacó que recoge importantes “novedades” en materia de prevención, protección y sensibilización.

De este modo, avanzó que fija un límite de número de establecimientos y terminales de juego que se pueden instalar en la comunidad hasta un máximo de 2 casinos y 2 salas adicionales, 12 bingos, 118 salones de juego y 41 tiendas de apuestas. Hace falta recordar que está vigente el decreto de 2019 que impedía la apertura de nuevas instalaciones restringiendo a las existentes en aquel momento. Actualmente existen 114 salones de juego, 33 tiendas de apuestas, 2 casinos y 1 sala adicional y 10 bingos. En todos los casos, según precisó Calvo, la duración fijada para todas las autorizaciones, que hasta ahora era indefinida, será de 15 años.

Otra de las restricciones prohíbe conceder préstamos o créditos a personas usuarias de juegos y tampoco se permitirá conceder bonificaciones, partidas gratuitas o cualquier elemento que se pueda canjear por dinero. Por su parte, los ayuntamientos pueden aplicar otras limitaciones y restricciones adicionales en cuanto a la apertura de establecimientos de juego.

En el caso de las máquinas de juego, el anteproyecto fija un máximo de 2 máquinas de cualquiera de los tipos en los establecimientos de restauración y de ocio y entretenimiento, esto es, máquinas de tipo A especial - aquellas que, a cambio de un precio, pueden conceder eventualmente un premio directo en dinero o especie- tipo B –con precio programado- o terminales físicos de juego de ámbito estatal no reservado y máquinas auxiliares de apuestas. En ningún caso se permitirían en hostelería máquinas de tipo C que son máquinas de azar exclusivas de casinos de juego y sin límite en cuanto al premio máximo que pueden otorgar.

En todo caso, el número total de autorizaciones para máquinas auxiliares de apuestas en estos locales no podrá superar las 3.600 en toda Galicia. El número de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo B queda limitado en la comunidad a un máximo de 12.000. Junto con este máximo de autorizaciones se prevé su retirada de manera progresiva según vayan pasando la baja definitiva. A estos negocios se les obligará a instalar un dispositivo que impide el juego por parte de los menores en las máquinas auxiliares de apuestas.

Por tanto, se reforzarán los controles para que sean más efectivos. Así, según remarcó el vicepresidente segundo, todos los establecimientos de juego -casinos, salas de bingos, salones de juego y tiendas de apuestas- quedan obligados a disponer de un control de acceso para evitar la entrada de menores de edad y personas que figuran inscritas de manera voluntaria en el Registro de Prohibidos. Los menores de edad y las personas que tengan reducidas sus capacidades o se encuentren incapacitadas legal o judicialmente, así como las personas con problemas de adicción al juego o en riesgo de padecerlo, tendrán denegada la práctica y la entrada a los establecimientos de juego. En los casinos y salas de bingo también se exigirá registro de admisión.

En el Registro de Prohibidos figuran las personas físicas que lo soliciten de forma voluntaria con la finalidad de hacer efectivo el derecho a que se les prohíba la participación en las actividades de juego y la entrada en todos los establecimientos de juego de Galicia. También constan en el registro las personas que, por resolución judicial, hayan limitado el acceso a actividades de juego o personas con discapacidad sujetas la medidas de apoyo que afecten su libre participación en los juegos y apuestas.

Por otra parte, con el objetivo de proteger estos colectivos más vulnerables, la nueva norma prohibirá todo tipo de publicidad del juego de competencia autonómica en la radio y en la televisión públicas de Galicia.

Hace falta aclarar que la Xunta solo puede regular el juego presencial, ya que el juego online es de competencia estatal. Por eso, la norma no puede prohibir la publicidad de juego online porque es competencia estatal. Hasta la aprobación del desarrollo reglamentario solo se permite la publicidad en prensa escrita y de los aspectos básicos del juego sin ninguno otro mensaje que pueda incitar al juego.

CENTROS DE ENSEÑANZA Y REHABILITACIÓN

Diego Calvo también destacó el hecho de que en la nueva ley estará prohibida la apertura de establecimientos de juego la una distancia inferior a 300 metros de los centros de enseñanza reglados a menores de edades y de los centros oficiales de rehabilitación de personas jugadoras patológicas, y a la misma distancia de cualquier otro local de juego. Además, las distancias se medirán en forma radial por lo que se amplían respeto a los 150 metros lineales actuales.

JUEGO RESPONSABLE

La Xunta desarrollará actividades de prevención de la ludopatía dirigidas a la población en general y adoptará medidas tendentes a desincentivar los hábitos y conductas patológicas relacionadas con el juego, con especial atención a los sectores sociales más vulnerables. Las acciones preventivas se dirigirán a la sensibilización, información y difusión de las buenas prácticas del juego y de los posibles efectos que una práctica no adecuada del juego puede producir.

SANCIONES Y ENTRADA EN VIGOR

El vicepresidente segundo adelantó también que las infracciones de las medidas recogidas en el texto supondrán sanciones administrativas entre los 100 y los 100.000 euros según se trate de casos muy graves, graves o leves. En los más graves, según precisó, serán desde 18.001 a 100.000, aunque apuntó que el límite máximo será de 600.000 euros cuando proceda aplicar criterios de graduación con el fin de que el incumplimiento de las medidas no resulte para la persona infractora más beneficioso que su cumplimiento.

Además, informó de que en los casos graves y muy graves se podrán tomar medidas como la suspensión de la autorización de la actividad o de la explotación para máquinas de juego, el cierre del establecimiento, la inhabilitación temporal o la incautación de las máquinas objeto de la infracción. En todos los casos el período máximo de estas medidas será de dos años.

Por otra parte, se prevé un plazo de dos años para que las empresas de juego adapten las máquinas recreativas de azar, de apuestas y los establecimientos al dispuesto de la ley, manteniendo los reglamentos existentes hasta su entrada en vigor. En el caso de la instalación de las máquinas B y de apuestas en los establecimientos de hostelería el plazo es de un año antes de que pierdan su autorización y ya no podrán instalarse.

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