El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy sendas resoluciones de la Consellería de Medio Rural con cambios en las autorizaciones de quemas y en el plazo establecido para la gestión de la biomasa en las fajas cerca de las casas. Así, por una parte, a partir de ahora podrán solicitarse autorizaciones excepcionales por razones fitosanitarias para la quema de restos agrícolas acopiados en explotaciones profesionales. Por otra, se aprueba levantar la suspensión del plazo legal para cumplir con el deber de limpiar las fajas secundarias (las de los 50 metros más próximos a las viviendas). En este caso, se añaden a la fecha límite habitual de 31 de mayo los días que llevamos de estado de alarma, de manera que el plazo se prolonga hasta el 16 de julio de 2020 incluido.
En lo relativo a las quemas, las solicitudes para llevarlas a cabo durante el estado de alarma deberán remitirse por correo electrónico a los Servicios de Prevención de Incendios Forestales de las Jefaturas Territoriales de la Consellería de Medio Rural, incluyendo una declaración responsable de la persona titular de la explotación que justifique la necesidad de la quema por razones fitosanitarias. En la solicitud se deberá indicar el ayuntamiento, la parroquia, el lugar y la indicación del número de polígono y número de parcela que aparecen en el SIXPAC de la finca en la que se realizará la quema solicitada, así como las fechas en las que se pretende realizarla. En la solicitud debe constar además el número de inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga), así como el número de personas que compondrán el equipo de quema y que será, como mínimo, de dos personas.
La quema de restos agrícolas acopiados se podrá llevar a cabo una vez se reciba la correspondiente autorización por correo electrónico. En ella figurarán todos los datos aportados por el interesado, así como las condiciones y las fechas en las que se deberá realizar la quema. Las direcciones de los cuatro servicios provinciales para tramitar las solicitudes son los siguientes: [email protected], [email protected], [email protected] y [email protected].
Cuanto a la limpieza de las fajas secundarias, aquellas ubicadas en los 50 metros más próximos a las viviendas, la Consellería de Medio Rural acuerda la continuidad del deber de ejecución de la gestión de la biomasa por parte de los particulares en sus parcelas, al tratarse de actuaciones que forman parte de la prevención y lucha contra los incendios forestales, indispensables para la protección del interés general y para el funcionamiento básico de los servicios esenciales, al amparo del Real Decreto por lo que se declara el estado de alarma.
Así, las personas que se desplacen para la limpieza de las fajas secundarias deberán llevar consigo una declaración responsable que comprenda la finca o fincas en las que van a llevar a cabo a actuaciones, incluyendo la identificación de la parcela y su referencia catastral. También deberán portar los aperos, herramientas o utensilios necesarios, o, de no llevarlos consigo, incluir en la declaración responsable que los tienen depositados en la parcela o lugar determinada.
Con el fin de reducir al imprescindible a movilidad de las personas por estas tareas, se recomienda en los casos en que así esté previsto en el convenio de colaboración suscrito entre la Xunta, la Fegamp y Seaga su desarrollo a través de la empresa pública.
Enlace a la resolución en el DOG que permite solicitar quemas por razones fitosanitarias en explotaciones profesionales:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2020/20200429/AnuncioG0426-280420-0002_gl.html
Enlace a la resolución en el DOG que amplía el plazo legal para la gestión de la biomasa en las fajas próximas a las viviendas:
https://www.xunta.gal/dog/publicados/2020/20200429/AnuncioG0426-280420-0001_gl.html