La nueva temporada de pesca continental comenzará en Galicia el 19 de marzo y se prolongará hasta el 31 de julio

Pescadores en el Miño a la altura de Salvaterra de Miño e Monçao.

en el caso concreto del salmón, el período hábil abarcará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio, pero podrá adelantarse el final de la temporada en función de las capturas. En los tramos compartidos del río Eo y en los coutos del Ulla, el período finalizará el 30 de junio. La cuota de captura se establece en un ejemplar por persona y jornada, con una dimensión mínima de 40 centímetros. El ratio anual en el río Ulla queda fijada en 30 ejemplares; en el Mandeo los ejemplares serán 5; en el caso del río Masma la cuota es de 15 salmones; en el Miño se fija en 8; y en el couto de Salmeán, en 10. En el resto de los coutos autorizados en el río Eo no se establece cuota anual de captura.

La temporada de pesca de este año en Galicia comenzará el próximo 19 de marzo y finalizará el 31 de julio. Así se establece en la orden anual publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia en la que se recogen las normas generales de pesca de las distintas especies ictícolas en las aguas continentales gallegas.

Así, en el caso concreto del salmón, el período hábil abarcará desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio, pero podrá adelantarse el final de la temporada en función de las capturas. En los tramos compartidos del río Eo y en los coutos del Ulla, el período finalizará el 30 de junio.

La cuota de captura se establece en un ejemplar por persona y jornada, con una dimensión mínima de 40 centímetros. El ratio anual en el río Ulla queda fijada en 30 ejemplares; en el Mandeo los ejemplares serán 5; en el caso del río Masma la cuota es de 15 salmones; en el Miño se fija en 8; y en el couto de Salmeán, en 10. En el resto de los coutos autorizados en el río Eo no se establece cuota anual de captura.

Con el objeto de colaborar en la mejora de la población del salmón en las aguas del Ulla, al igual que se hizo en la pasada temporada, cuando se capture un ejemplar de esta especie en los coutos de Ximonde o Santeles se establece un procedimiento de donación voluntaria para destinarlo a la reproducción artificial en la piscifactoría de Carballedo o el marcaje y seguimiento de su migración en el río.

En relación con los anzuelos, pueden ser naturales autorizados —como las lombrices y quisquillas— o artificiales, que son elaborados imitando animales u otros objetos que pueden ser atractivos para los pescados que se quieren capturar —por ejemplo, la mosca artificial, la cucharilla y pescados artificiales o semejantes—.

REO

La temporada hábil para la pesca del reo, en general, comenzará el 1 de mayo y finalizará el 31 de julio. En todo caso, se prorrogará en los coutos de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre hasta el 30 de septiembre; y, en el caso de Ponte Arnelas, Pontevea, Santeles, Sinde y Ximonde, hasta el 31 de agosto.

Sobre los anzuelos, en el caso de los artificiales se permiten los mismos que para el salmón, al que se suma también el riesgo. En lo que respecta a los naturales, se autorizan todos, excepto cualquier tipo de huevas de pescados y el pescado natural; y en aguas salmoneras tampoco se permiten los cebos naturales, solo los autorizados para la pesca del salmón en sus cotos.

TRUCHA

Para esta especie la temporada comenzará el 19 de marzo y finalizará el 31 de julio. En los cotos con convenio de colaboración, se prolongará hasta el 30 de septiembre en la modalidad de pesca sin muerte, y en las aguas salmoneras, en las de reo o en las de montaña el inicio se retrasará hasta el 1 de mayo.

Como norma general se establece la posibilidad de capturar 6 ejemplares al día y por persona, con una talla mínima de 19 centímetros. En cuanto a los anzuelos, son los mismos que los de la temporada pasada.

Por otra parte, este año se vedan en todas las masas de agua las siguientes especies: cangrejo de río, reñosa, espinoso, zamborca y anguila. La pesca de la saboga solo se autoriza en el tramo del río Ulla comprendido entre la presa de Couso y la desembocadura entre el 1 de mayo y el 11 de junio.

Asimismo, se autoriza exclusivamente dentro de los ámbitos territoriales que se indican en la orden a pesca de las siguientes especies exóticas invasoras: perca americana, carpa, cangrejo rojo americano y cangrejo señal.

JORNADAS HÁBILES

Con carácter general, se declaran los lunes como días inhábiles para la pesca, excepto festivos nacionales o autonómicos. Los jueves serán hábiles únicamente para la modalidad de pesca sin muerte en todas las masas de agua, excepto festivos nacionales o autonómicos, que serán hábiles según la modalidad de pesca autorizada en cada masa de agua.