La Xunta convoca las ayudas del Fondo de Compensación Ambiental para este año por importe de 11 millones de euros
El Diario Oficial de Galicia publicó la convocatoria de las subvenciones de la línea en concurrencia no competitiva y de la línea en concurrencia competitiva del Fondo de Compensación Ambiental para el año 2020, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, destinadas a entidades locales de Galicia, con un presupuesto de 11 millones de euros.
Serán principales beneficiarios los municipios afectados por la implantación de parques eólicos y por las instalaciones de evacuación de estos, siendo también beneficiarios los ciudadanos gallegos mediante actuaciones acometidas en sus ayuntamientos dirigidas al incremento de la eficiencia en el aprovechamiento de los recursos energéticos renovables, de la sostenibilidad, de la biodiversidad y del uso recreativo y educativo de los recursos de Galicia.
Como novedad en esta convocatoria, los proyectos que contribuyan a concienciar al vecindario de la repercusión sobre el ambiente de las medidas de eficiencia energética e impulso de la sostenibilidad ambiental en el sector público local, al que pueden contribuir las campañas divulgativas municipales para la sensibilización sobre la importancia de las medidas de protección ambiental y de eficiencia energética, serán financiables por primera vez al amparo de esta Orden.
La convocatoria de ayudas incluye dos líneas, la convocatoria de subvenciones de naturaleza no competitiva, destinada a aquellos ayuntamientos de Galicia cuyo territorio municipal esté dentro de la poligonal de delimitación de un parque eólico y, igualmente, a los afectados por la correspondiente instalación de conexión o vía de evacuación y las subvenciones de naturaleza competitiva que incorpora criterios para primar las solicitudes presentadas conjuntamente por mancomunidades de ayuntamientos, consorcios locales y agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos frente a las presentadas individualmente.
Se consideran gastos subvencionables los costes de funcionamiento de los servicios municipales dedicados a la protección del ambiente y del espacio natural, la adquisición de equipaciones, productos, vehículos o bienes muebles; actuaciones orientadas a la conservación de la biodiversidad, al conocimiento y utilización recreativo y didáctica de los recursos naturales y a la recuperación del medio natural degradado o contaminado; actuaciones de impulso de la eficiencia y de utilización sostenible de las energías renovables; guías de actuación de medidas de ahorro y eficiencia energética en el ámbito doméstico y comercial; edición de material divulgativo y recursos didácticos sobre valores ambientales o espacios naturales; auditorías energéticas en edificios y dependencias de las entidades locales, certificación energética de edificios municipales y planes para la implantación de estrategias energéticas municipales, entre otros.
SOLICITUD DE AYUDAS
Para poder ser beneficiarios de estas subvenciones, los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y consorcios locales de Galicia deben cumplir el requisito de tener remitidas las cuentas del ejercicio presupuestario 2018 al Consello de Contas de Galicia. Este requisito deberá estar cumplido antes del final del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de agrupamientos de ayuntamientos o solicitud conjunta para la gestión compartida, deberán cumplir con este requisito todos los ayuntamientos agrupados o asociados. La falta de acreditación de este requisito por parte de alguno de los ayuntamientos participantes en la solicitud de subvención supondrá la inadmisión de esta.
Dentro de la línea en concurrencia competitiva, cada ayuntamiento podrá presentar hasta dos solicitudes, siempre y cuando una de ellas sea individual y a otra sea una solicitud conjunta, de agrupaciones o asociaciones de ayuntamientos. En todo caso, ambas solicitudes deberán ser para actuaciones diferentes. Las mancomunidades y consorcios locales solo podrán presentar una solicitud. En la línea en concurrencia no competitiva, cada ayuntamiento podrá presentar hasta dos solicitudes siempre y cuando una de ellas sea mediante su participación en una solicitud conjunta.
La presentación de las solicitudes se realizará por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes.