Galicia puede ejercer las competencias en materia de ordenación del litoral sin reformar el Estatuto

Corresponde a Galicia liderar el diseño y la implementación de medidas para la ordenación de la costa, como competencia de la ordenación de su litoral.
 El Consultivo avala la tesis mantenida por la Xunta de Galicia de que no es preciso reformar el Estatuto de autonomía para proceder al traspaso efectivo de funciones y servicios. En su dictamen dice textualmente que “no resulta necesario modificar el dicho estatuto para la asunción competencial en este ámbito”.

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, informó hoy de que el Consello Consultivo de Galicia avala que la Comunidad puede ejercer las competencias en materia de ordenación del litoral sin necesidad de reformar el Estatuto de autonomía en el dictamen emitido el 20 de julio en relación con la petición realizada por el Gobierno gallego sobre el traspaso competencial del dominio público marítimo-terrestre (DPMT). “La Xunta lleva tiempo reclamando la gestión plena de estas zonas para poder ejercer competencias que ya tenemos en el ámbito urbanístico, portuario o de control de vertidos”, aseveró.

Este dictamen “reafirma las tesis de la Asesoría Jurídica de la Xunta”, resaltó Rueda al indicar que el Consultivo señala en sus conclusiones que la Comunidad Autónoma posee competencias en materia de ordenación del litoral y que el traspaso de funciones y servicios es un acto debido por parte de la Administración del Estado. Hace hincapié en que el Estado está ejerciendo “transitoriamente funciones que no le corresponden”, por lo que el Consultivo concluye que “se debe evitar, por lealtad constitucional, esta situación anómala”.

El borrador del plan estatal considera como un problema crítico de la costa gallega que existan ocupaciones del dominio público marítimo-terrestre, por lo que señala como objetivo estratégico su “liberación”

De este modo, el Consultivo avala la tesis mantenida por la Xunta de Galicia de que no es preciso reformar el Estatuto de autonomía para proceder al traspaso efectivo de funciones y servicios. En su dictamen dice textualmente que “no resulta necesario modificar el dicho estatuto para la asunción competencial en este ámbito”.

Por último, hace falta señalar que la Comunidad Autónoma ya tiene reconocida la competencia exclusiva sobre la ordenación del territorio y del litoral en el artículo 27.3 del Estatuto de autonomía, como recoge el dictamen del Consultivo, que, además, concluye que dentro de la competencia que tiene la Comunidad está integrada la gestión de los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) como función ejecutiva.

ALEGATOS AL PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL

En esa línea, el Consello da Xunta aprobó hoy el acuerdo por lo que se autorizan las consellerías de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y del Mar para dar traslado al Gobierno central de los alegatos presentados por Galicia al Plan estratégico nacional para la protección de la costa española, considerando los efectos del cambio climático, elaborado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), y que ponen en riesgo alrededor de 4.000 edificaciones, entre las cuales figuran más de 200 empresas.

A La reclamación presentada por el Gobierno gallego se suman las de veinte ayuntamientos del litoral y las de las empresas del sector de la cadena mar-industria. Todas ellas focalizadas en que el plan, que tiene como objetivo eliminar toda ocupación del DPMT en Galicia en el horizonte de 2045, va en contra de la Ley de Costas, así como en que carece de fundamento objetivo al se basar exclusivamente en la opinión de dos funcionarios estatales.

Luego del impedimento por parte del Gobierno central para que los ayuntamientos y las empresas afectadas tuvieran acceso al contenido del plan, la Xunta de Galicia se puso a la disposición de los interesados para recoger sus alegatos y presentarlas ante el Ministerio, con el fin de que sean tenidas en cuenta. El plazo de presentación de alegatos finaliza mañana viernes 22 de julio.

Con el fin de contar con una perspectiva estrictamente objetiva del proceso de preparación del Plan estratégico nacional para la protección de la costa española, considerando los efectos del cambio climático, la Xunta encargó la elaboración de los alegatos al Observatorio del Litoral, ente dependiente de la Universidade da Coruña y experto en el ámbito competencial de espaldas.

PLAN SIN FUNDAMENTO LEGAL

El conjunto de las reclamaciones inciden en la falta de todo fundamento legal para la elaboración de este plan estratégico. Tal y como apuntan, fue ya el legislador de 2013 –la Ley 2/2013, de 29 de mayo , de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio , de espaldas, lo que introdujo una regulación para afrontar la lucha contra los efectos del cambio climático en el litoral y obligó a la aprobación de la Estrategia de adaptación al cambio climático de la costa española. Esta estrategia se tramitó con la participación de todas las comunidades autónomas, tuvo evaluación ambiental, está aprobada y publicada. No obstante, este nuevo plan del Ministerio se hace al margen de la estrategia nacional.

Además, la normativa vigente de espaldas ya regula cuando se pueden eliminar las concesiones del litoral a causa del cambio climático: solo cuando el Estado haya declarado un área en regresión grave por haber retrocedido la línea de costa más de 5 metros en cada uno de los últimos 5 años anteriores y que las ocupaciones que estén en ese área se vean alcanzadas por el mar o exista riesgo cierto de que las alcance. Por lo tanto, el Estado en el puede pretender eliminar las ocupaciones de la costa en contra de esta regulación.

Por otra parte, en los alegatos que se van a presentar se hace hincapié en que el plan supone un nuevo intento del Estado por ampliar sus competencias en detrimento de las que poseen las comunidades autónomas, con el pretexto de la lucha sobre cambio climático.

En el borrador del plan se describe como objetivo general lo de garantizar “la armonización regional y la aplicación de las medidas de protección de la costa más idóneas para todo el litoral español”. Sin embargo, el Estado solo podría llevar a cabo esta función a través de una ley básica y no mediante un plan estatal. Del mismo modo, la planificación y la actuación en el litoral es competencia de las comunidades, que, como Galicia, tienen reconocida su competencia exclusiva en materia de ordenación del litoral, tal como recoge el dictamen del Consello Consultivo de Galicia.

CARÁCTER SUBJETIVO

Los alegatos ponen de relevancia, también, el carácter uniformador y subjetivo de la confección de la diagnosis en que se fundamenta un plan que busca la liberación del dominio público marítimo-terrestre.

El Ministerio no tuvo en cuenta las particularidades de cada una de las comunidades del litoral, ni tampoco sus datos físicos, socioeconómicos o ambientales. Hizo uso de bases de datos homogéneas, dándole un enfoque uniforme a toda la costa de España. Así, en el referido a la costa gallega, en ningún momento se hace referencia a las bases de datos de que dispone Galicia –actualizadas para el suyo manejo diario y las que emplea para la elaboración de normas y planes de ordenación-.

Tampoco se contó con el conocimiento y la experiencia del personal de la Administración autonómica y de las administraciones locales costeras, con las cuales el Ministerio nunca se puso en contacto.

El plan es totalmente subjetivo, dado que la identificación como “una amenaza” y un “problema crítico” en Galicia que existan ocupaciones de la costa se basa en la opinión de dos funcionarios estatales. Hace falta destacar que el análisis de la costa gallega se hizo sobre la base de preguntar la seis técnicos del Ministerio (uno de Pontevedra, dos de A Coruña y tres de Lugo) se consideraban que la presión de las ocupaciones sobre la costa era un problema. De esas seis personas consultadas, solo dos consideraron que era un problema grave.

 

No es razonable que la percepción de dos funcionarios estatales dé lugar a un diagnóstico que recoja cómo temática crítica a ocupación “del *DPMT” que deriva en el señalamiento de la “liberación del DPMT” como objetivo estratégico del plan que quiere aprobar el Ministerio.

 

Además, el plan no analiza toda la costa gallega, sino únicamente 28 unidades que corresponden a las ‘áreas de riesgo potencial significativo' recogidas en el visor de Augas de Galicia, y limitadas a las desembocaduras de cursos de aguas fluviales a la costa