Ayudas estatales destinadas a paliar las dificultades de comercialización de corderos y cabritos

Según la orden que publica hoy el DOG, las explotaciones ovinas y caprinas gallegas podrán acceder a un presupuesto máximo de 62.952 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la orden que regula las ayudas estatales destinadas a paliar las dificultades de comercialización de corderos y cabritos durante los meses de marzo y abril, a causa de la emergencia sanitaria por culpa de la covid-19. Así, las explotaciones ovinas y caprinas gallegas podrán acceder a un presupuesto máximo de 62.952 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Podrán beneficiarse de estas aportaciones las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que cuenten con una explotación de ovino o caprino y presentaran este año la solicitud única de la PAC. Esto es, de la orden que regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control.

En esa línea, deberán ser beneficiarios además del pago de las líneas de ayuda por oveja y cabra que regula esa orden de la Política Agraria Común. Asimismo, los interesados tendrán que estar inscritos en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con una clasificación zootécnica de reproducción para la producción de carne, de leche o para la producción mixta con más de 10 hembras reproductoras conforme a la última declaración censal obligatoria.

Con el fin de reducir las cargas administrativas y acelerar la gestión, las aportaciones se concederán a todos los productores que presentaran en plazo la solicitud de la PAC y cumplan los requisitos establecidos. Así, a mayores de lo señalado, los solicitantes deberán hacer constar en una declaración responsable si tienen concedidas ayudas en régimen de minimis en este año y en los dos anteriores, según el modelo que figura en el anexo de esta orden y en el plazo máximo de 10 días hábiles desde mañana, día en el que el texto entra en vigor.

El envío de esa declaración responsable al Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) deberá efectuarse obligatoriamente por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Xunta, https://sede.xunta.gal.

El enlace a la orden en el DOG